SODAIE exige pago 50% a SODINPRO
SANTO DOMINGO. Los artistas intérpretes y ejecutantes reunidos en SODAIE, acaban de interponer una querella formal y se constituyeron en actor civil contra SODINPRO por no acceder a los pagos históricos que los primeros requieren.
Nadie sabe a ciencia cierta cuánto mueve la industria musical -incluso ahora, que anda de capa caída después de la desaparición de los sellos disqueros, las casas de ventas de discos, y hasta el disco en sí mismo (casi).
Parte de ese complejo engranaje es el de los derechos que genera la música que se ejecuta o se graba.
Hace casi tres años, un grupo de importantes figuras de la música crearon SODAIE (Sociedad Dominicana de Artistas Intérpretes y Ejecutantes), que se fundó con la rencilla natal de una especie de madrastra de la Cenicienta: SODINPRO (Sociedad Dominicana de Productores Fonográficos).
Ramón Orlando (presidente de SODAIE), Maridalia Hernández, Pochy Familia, Crispín Fernández y otros exigieron -y aún hoy siguen exigiendo- que la sociedad que preside Johnny Montaño y tiene a Cynthia Denise Pichardo Pereyra como directora general, les pague lo que, según ellos piensan, es su natural derecho.
En el pliego de demanda, el abogado querellante, Abrahán de Jesús Santos, plantea que SODINPRO, desde sus orígenes manifestó el interés de convertirse en una gestión única de derechos afines o conexos, "aunque ello implicara usurpar los derechos otorgados a los artistas intérpretes o ejecutantes de agruparse en su propia gestión".
De Jesús Santos explicó a Diario Libre que han sido múltiples las ocasiones en que se han reunido con Montaño, quien plantea que los RD$35,315,853.67 que han recaudado desde 2004 hasta la fecha han sido gastados en gestión de cobro y pago de salarios, y que por tanto no queda nada del 50% que deben cobrar los artistas intérpretes y ejecutantes. Según De Jesús Santos, esto viola disposiciones contenidas en el artículo 143 de la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor
Hace poco -explica el abogado-, se envió a dos personas del Consejo de SODAIE a un curso en España, y ni siquiera quiso pagar los pasajes. Cuenta que en los fondos de SODINPRO hay unos RD$7 millones que podrían adelantar a SODAIE, pero los directivos de SODINPRO se niegan a entregarlo. Y que por ello se han decidido a querellarse contra Montaño y Pichardo.
Diario Libre estuvo llamando en múltiples ocasiones en la tarde de ayer al Sr. Johnny Montaño, pero no respondía.
Artículos y consideraciones
Irse a un enfrentamiento judicial puede ser negativo para ambas asociaciones porque los usuarios pueden poner oposición a pagos.
El cobro por un tercero, que divida a ambas asociaciones a partes iguales, sería lo más conveniente. Entre disqueros y artistas siempre han habido recelos.
El Art. 142 de la Ley 65-00 explica que la remuneración recibida porla reproducción de los fonogramas, debe ser dividida equitativamente "destinada a la vez a los artistas intérpretes o ejecutantes y al productor del fonograma".
El Art. 143. reza que: "A menos que las partes no hayan acordado de otra manera, la mitad de la suma recibida por el productor fonográfico, de acuerdo con el artículo anterior, será pagada por éste a los artistas intérpretes o ejecutantes".
Nadie sabe a ciencia cierta cuánto mueve la industria musical -incluso ahora, que anda de capa caída después de la desaparición de los sellos disqueros, las casas de ventas de discos, y hasta el disco en sí mismo (casi).
Parte de ese complejo engranaje es el de los derechos que genera la música que se ejecuta o se graba.
Hace casi tres años, un grupo de importantes figuras de la música crearon SODAIE (Sociedad Dominicana de Artistas Intérpretes y Ejecutantes), que se fundó con la rencilla natal de una especie de madrastra de la Cenicienta: SODINPRO (Sociedad Dominicana de Productores Fonográficos).
Ramón Orlando (presidente de SODAIE), Maridalia Hernández, Pochy Familia, Crispín Fernández y otros exigieron -y aún hoy siguen exigiendo- que la sociedad que preside Johnny Montaño y tiene a Cynthia Denise Pichardo Pereyra como directora general, les pague lo que, según ellos piensan, es su natural derecho.
En el pliego de demanda, el abogado querellante, Abrahán de Jesús Santos, plantea que SODINPRO, desde sus orígenes manifestó el interés de convertirse en una gestión única de derechos afines o conexos, "aunque ello implicara usurpar los derechos otorgados a los artistas intérpretes o ejecutantes de agruparse en su propia gestión".
De Jesús Santos explicó a Diario Libre que han sido múltiples las ocasiones en que se han reunido con Montaño, quien plantea que los RD$35,315,853.67 que han recaudado desde 2004 hasta la fecha han sido gastados en gestión de cobro y pago de salarios, y que por tanto no queda nada del 50% que deben cobrar los artistas intérpretes y ejecutantes. Según De Jesús Santos, esto viola disposiciones contenidas en el artículo 143 de la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor
Hace poco -explica el abogado-, se envió a dos personas del Consejo de SODAIE a un curso en España, y ni siquiera quiso pagar los pasajes. Cuenta que en los fondos de SODINPRO hay unos RD$7 millones que podrían adelantar a SODAIE, pero los directivos de SODINPRO se niegan a entregarlo. Y que por ello se han decidido a querellarse contra Montaño y Pichardo.
Diario Libre estuvo llamando en múltiples ocasiones en la tarde de ayer al Sr. Johnny Montaño, pero no respondía.
Artículos y consideraciones
Irse a un enfrentamiento judicial puede ser negativo para ambas asociaciones porque los usuarios pueden poner oposición a pagos.
El cobro por un tercero, que divida a ambas asociaciones a partes iguales, sería lo más conveniente. Entre disqueros y artistas siempre han habido recelos.
El Art. 142 de la Ley 65-00 explica que la remuneración recibida porla reproducción de los fonogramas, debe ser dividida equitativamente "destinada a la vez a los artistas intérpretes o ejecutantes y al productor del fonograma".
El Art. 143. reza que: "A menos que las partes no hayan acordado de otra manera, la mitad de la suma recibida por el productor fonográfico, de acuerdo con el artículo anterior, será pagada por éste a los artistas intérpretes o ejecutantes".
Fuente: Diariolibre.com
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